Reformar con ayuda pública en Madrid no depende de una única gran subvención, sino de varias vías que pueden sumarse sobre la misma obra: la subvención municipal del Plan Rehabilita (para comunidades de propietarios), las deducciones del IRPF por eficiencia energética, las bonificaciones de IBI e ICIO si instalas fotovoltaica y, como mecanismo más reciente, los Certificados de Ahorro Energético (CAE).
El matiz importante es que casi nada de esto se cobra al empezar, y que el orden manda: hay convocatorias con plazo cerrado, deducciones que se pierden si falta el certificado energético inicial y bonificaciones que dependen de cómo se tramitó la licencia. Somos una constructora: ejecutamos la obra y te contamos lo que vemos en ella. La parte técnica (certificados, proyecto) la firma un técnico competente y la parte fiscal la confirma tu asesor. Las cuantías y plazos pueden cambiar: verifica siempre en la fuente oficial antes de decidir.
El calendario, de un vistazo (octubre de 2026)
Lo urgente. Si quieres la deducción del 20 % o del 40 % en tu vivienda, la obra tiene que hacerse en 2026 y el certificado energético final tiene que expedirse antes del 1 de enero de 2027. Con tres meses por delante, solo encaja en actuaciones acotadas (ventanas, aerotermia, aislamiento puntual) que se puedan certificar al inicio, ejecutar y volver a certificar a tiempo.
Plan Rehabilita Madrid 2026: cerrado, y cómo preparar la siguiente
Es la ayuda directa municipal más relevante. La convocatoria de 2026 del Ayuntamiento de Madrid tuvo un plazo de solicitudes del 3 de junio al 30 de septiembre de 2026, con 50 millones de euros iniciales ampliables. Ya está cerrada.
Iba dirigida sobre todo a comunidades de propietarios de edificios residenciales construidos antes de 1998 y con el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) registrado. Las líneas subvencionables fueron accesibilidad, conservación, eficiencia energética (línea verde), salubridad, seguridad y, como novedad de 2026, embellecimiento (retirada de cableado visto, reubicación de aparatos de aire acondicionado de fachada, ocultación de tendederos), que podía sumar un 5 % adicional a la ayuda de eficiencia. En la línea de eficiencia, las ayudas llegaron hasta unos 9.000 € por vivienda según la mejora acreditada, y la convocatoria fijaba un importe mínimo de obra (3.000 € en unifamiliar y 6.000 € en edificio colectivo).
Si tu comunidad no llegó a tiempo, el trabajo útil empieza ahora, porque lo que más tarda no es la solicitud sino tenerla lista:
- IEE al día y registrado. Sin él no hay solicitud. Si está caducado o no se registró, es lo primero.
- Acuerdo de la junta de propietarios. Aprobar la actuación, el técnico que la redacta y el reparto del coste. Las juntas extraordinarias llevan su tiempo.
- Certificado energético inicial del edificio, si la actuación es de eficiencia. Es la foto del "antes".
- Proyecto o memoria técnica del técnico de la comunidad, con las partidas elegibles bien identificadas.
- Presupuestos de constructor por partidas, coherentes con el proyecto, para cuantificar el coste subvencionable.
Con eso preparado, cuando se publique la siguiente convocatoria en la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.madrid.es) solo queda presentar. Las bases pueden cambiar de una edición a otra (cuantías, líneas, requisitos), así que conviene leer las nuevas antes de cerrar nada.
Deducciones del IRPF por eficiencia energética (estatal)
Es la vía que más afecta a particulares que reforman su piso. El Real Decreto-ley 7/2026 (convalidado el 26 de marzo de 2026) prorrogó las deducciones de la disposición adicional 50ª de la Ley del IRPF. No son un ingreso: reducen la cuota de tu declaración de la renta.
Reducción de demanda
Obras que reduzcan al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. Típico de cambio de ventanas o mejoras parciales de envolvente. Obras hasta el 31/12/2026 y certificado final antes del 01/01/2027.
Base máx. 5.000 €/añoReducción de consumo
Obras que reduzcan al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o que lleven la vivienda a letra A o B. Mismas fechas que el 20 %.
Base máx. 7.500 €/añoRehabilitación del edificio
Obras de rehabilitación energética del edificio residencial (normalmente promovidas por la comunidad). Cada propietario deduce su parte. Vigente hasta el 31/12/2027.
5.000 €/año · 15.000 € acum.Certificado antes y después
Certificado de eficiencia energética del estado inicial y del final, firmados por técnico competente, que acrediten la mejora. Pagos por banco (no en efectivo) y facturas a nombre de quien deduce.
Requisito imprescindibleEl cálculo en la práctica: si una actuación en tu vivienda cuesta 10.000 € y has recibido 4.000 € de subvención por ella, la base de la deducción es como mucho 6.000 €. En el tramo del 40 % (base máxima 7.500 €), la deducción sería de 2.400 €. Si no hubiera subvención, la base quedaría topada en 7.500 € y la deducción en 3.000 €. Lo detallamos paso a paso en Deducción del IRPF por eficiencia energética: cómo aplicarla. Antes de contar con ella, que tu asesor fiscal confirme tu caso concreto (tipo de vivienda, titularidad, ejercicio en que se aplica).
Programas estatales y autonómicos
Aquí conviene ser prudentes, porque el mapa ha cambiado mucho con el fin de los fondos europeos:
- Programas de rehabilitación residencial del Plan de Recuperación (Next Generation EU), gestionados en Madrid por la Comunidad: los programas para edificios y viviendas han cerrado su plazo de solicitudes. Si tienes un expediente en curso, sigue sus plazos de justificación; para obras nuevas, no cuentes con ellos.
- Plan Estatal de Vivienda y nuevas líneas autonómicas de rehabilitación: la apertura de plazos depende de cada comunidad autónoma. Consulta si hay convocatoria abierta en la web de vivienda de la Comunidad de Madrid antes de planificar.
- Programas de barrio del Ayuntamiento (por ejemplo, Transforma tu Barrio): solo para zonas concretas. Consulta si tu calle está incluida y si hay convocatoria abierta.
- Certificados de Ahorro Energético (CAE): no son una convocatoria, sino un mercado. El ahorro anual acreditado de una actuación (sustituir una caldera de gas por aerotermia, aislar, cambiar ventanas) se cede a una empresa obligada a cambio de dinero. No hay precio oficial: depende de los kWh validados y de la oferta. Si te interesa, pide la valoración antes de contratar y documenta el equipo antiguo (fotos, placa, consumos) antes de retirarlo.
Placas solares: sin subvención directa, con bonificaciones fiscales
En la Comunidad de Madrid no hay subvención autonómica directa para autoconsumo en vivienda: los fondos Next Generation para autoconsumo terminaron a finales de 2023. Lo que sí sigue vigente en Madrid capital son las bonificaciones municipales:
- IBI: bonificación de hasta el 50 % de la cuota durante varios ejercicios (las fuentes actualizadas hablan de cinco, ampliables si la instalación incorpora almacenamiento), limitada por el coste de la instalación y solo para instalaciones no obligatorias por normativa. Se tramita con declaración responsable ante la Agencia Tributaria Madrid.
- ICIO: bonificación de hasta el 95 % del impuesto de la obra de instalación solar. Se aplica al tramitar la licencia o la declaración responsable, así que hay que pedirla en ese momento, no después.
Fuera de Madrid capital, cada municipio fija sus propios porcentajes en su ordenanza fiscal. Las cifras de coste y amortización están en Placas solares y autoconsumo en Madrid: coste y amortización.
Qué obras suelen ser elegibles (y cuáles no)
El criterio común es que la actuación mejore la eficiencia energética de forma acreditada; no es una ayuda general a cualquier reforma. Partidas habituales:
- Envolvente térmica: aislamiento de fachada (SATE o trasdosado interior), cubierta y suelos sobre espacios no calefactados; carpinterías exteriores con vidrio bajo emisivo y rotura de puente térmico.
- Climatización y ACS: sustitución de calderas de gasóleo o gas por bomba de calor (aerotermia), suelo radiante con bomba de calor. Lo comparamos en Aerotermia vs caldera de gas.
- Renovables: fotovoltaica de autoconsumo, solar térmica para ACS.
- Ventilación mecánica con recuperación de calor.
Lo que no suele entrar: suelos, pintura, sanitarios, mobiliario o decoración. En una reforma integral, solo cuentan las partidas energéticas; por eso conviene que el presupuesto las separe.
El orden que no falla
- Certificado de eficiencia energética inicial, por técnico competente, antes de tocar nada.
- Proyecto o memoria técnica, si la obra lo requiere, con las partidas energéticas identificadas. Lo firma tu técnico (o el de la comunidad); nosotros trabajamos con él.
- Presupuesto por partidas del constructor, con las partidas energéticas separadas del resto.
- Solicitudes y licencias antes de empezar: subvención (si hay convocatoria abierta), licencia o declaración responsable y, si hay fotovoltaica, las bonificaciones. Si vas a vender el ahorro como CAE, firma el acuerdo antes.
- Obra, con facturas a nombre del titular y pagos por banco.
- Certificado energético final dentro de plazo y justificación de la ayuda.
Errores que dejan sin ayuda
- Empezar la obra sin el certificado inicial. Sin la foto del "antes" no se puede acreditar la mejora, y no hay forma de reconstruirla después.
- Apurar el calendario. Para las deducciones del 20 % y 40 % en vivienda, un certificado final firmado el 2 de enero de 2027 llega tarde.
- Mezclar subvención y deducción. Deducir la parte ya subvencionada acaba en regularización.
- Pagar en efectivo o facturar a otro nombre. Esos importes quedan fuera de la deducción.
- Pedir la bonificación del ICIO tarde. Se aplica con la licencia o declaración responsable; después es mucho más difícil.
Qué hacemos nosotros en la obra
En Reformas Urbanas Montereal ejecutamos la obra. Lo que aportamos a este proceso es concreto: un presupuesto por partidas en el que las actuaciones energéticas van separadas y cuantificadas, una ejecución que coincide con lo que dice el proyecto de tu técnico, facturas a nombre del titular con el desglose que piden las deducciones, y pagos por certificaciones según lo ejecutado, con justificante bancario. Trabajamos con el arquitecto o el técnico que tú o tu comunidad elijáis, que es quien firma los certificados energéticos y el proyecto. La solicitud de la ayuda y la declaración de la renta las presentas tú, tu administrador de fincas o tu asesor.
Preguntas frecuentes
¿Sigue abierto el Plan Rehabilita Madrid 2026?
No. El plazo de solicitudes fue del 3 de junio al 30 de septiembre de 2026 y ya está cerrado. Si tu comunidad no llegó, lo útil ahora es prepararse para la siguiente convocatoria: IEE registrado, acuerdo de junta, certificado energético inicial, proyecto o memoria técnica y presupuestos por partidas. Las fechas de la próxima edición se publican en la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.madrid.es).
¿Hasta cuándo puedo aplicar la deducción del IRPF por eficiencia energética?
Las deducciones del 20 % y del 40 % en vivienda, prorrogadas por el Real Decreto-ley 7/2026, cubren obras hasta el 31 de diciembre de 2026 y exigen que el certificado energético final se expida antes del 1 de enero de 2027. La del 60 % por rehabilitación energética del edificio residencial sigue hasta el 31 de diciembre de 2027. Confirma tu caso con tu asesor fiscal.
¿Qué porcentaje cubre cada tramo de la deducción?
20 % si la obra reduce al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración (base máxima 5.000 € al año). 40 % si reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanza la letra A o B (base máxima 7.500 € al año). 60 % en obras de rehabilitación energética del edificio residencial (base máxima 5.000 € al año, hasta 15.000 € acumulados). Todos exigen certificado energético antes y después, firmado por técnico competente.
¿Puedo combinar una subvención con la deducción del IRPF?
Sí, son compatibles, pero no puedes deducir la parte que te han subvencionado. La base de la deducción es lo que has pagado de tu bolsillo, una vez descontada la ayuda recibida por esas mismas actuaciones. Conviene cuadrarlo con tu asesor fiscal antes de presentar la renta.
¿Hay subvención para placas solares en Madrid?
A octubre de 2026 no hay subvención autonómica directa para autoconsumo en vivienda: los fondos Next Generation para autoconsumo terminaron en 2023. Lo que sí existe en Madrid capital es la bonificación del IBI (hasta el 50 % durante varios años, según la ordenanza vigente) y la del ICIO (hasta el 95 %), además de la deducción del IRPF si se acredita la mejora con certificado energético.
¿Qué son los Certificados de Ahorro Energético (CAE)?
Son un mecanismo por el que el ahorro energético acreditado de una actuación (por ejemplo, cambiar una caldera de gas por aerotermia o aislar) se vende a una empresa obligada a cambio de una compensación económica. No es una subvención con convocatoria ni hay un precio oficial: depende del ahorro validado y de la oferta. Hay que documentar el sistema antiguo antes de retirarlo y firmar la cesión del ahorro según exija el comprador.
¿Qué error me puede dejar sin la ayuda?
Empezar la obra antes de tener el certificado energético inicial o antes de presentar la solicitud cuando las bases lo exigen. Otros fallos habituales: certificado final fuera de plazo, pagar en efectivo, facturas a nombre de otra persona y deducir en el IRPF la parte ya subvencionada.
Sigue en esta línea: Deducción del IRPF por eficiencia energética: cómo aplicarla y Fiscalidad inmobiliaria en Madrid 2026.
Fuentes y metodología. Plan Rehabilita Madrid 2026: Colegio de Aparejadores de Madrid (aparejadoresmadrid.es, «Abierto el plazo de presentación de solicitudes del Plan Rehabilita Madrid 2026»), Oficina de Rehabilitación del COAM (línea de embellecimiento e importes mínimos de obra), aisla.org («Plan Rehabilita Madrid 2026: ayudas de hasta 9.000 € por vivienda») y sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (sede.madrid.es). Deducciones del IRPF: Ley 35/2006, disposición adicional 50ª; Real Decreto-ley 7/2026 (idealista/news, 30/03/2026); nota de prensa del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana de 23/12/2024 sobre la prórroga anterior. Estado de los programas de rehabilitación del Plan de Recuperación en Madrid: Comunidad de Madrid (comunidad.madrid, ayudas PRTR a la rehabilitación energética) y avantservicios.com (18/08/2026). Certificados de Ahorro Energético: iasostenible.com (29/09/2026). Bonificaciones de IBI e ICIO por energía solar: Portal del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid (agenciatributaria.madrid.es), ecooo.es (actualizado 23/04/2026) y rubirent.com; ausencia de subvención autonómica al autoconsumo: selectra.es (09/02/2026). Información orientativa a octubre de 2026; las cuantías, plazos y bases pueden cambiar. Confirma siempre en la fuente oficial. No constituye asesoramiento fiscal: la aplicación de las deducciones debe revisarla tu asesor.
Última actualización: 2 de octubre de 2026. Próxima revisión prevista: cuando se publique la próxima convocatoria del Plan Rehabilita o haya cambios normativos.