La respuesta corta

Antes de firmar, comprueba siete cosas: contrato escrito con precio, plazo, forma de pago y regla para los cambios; presupuesto desglosado por partidas con el IVA bien aplicado; inscripción en el REA vigente; certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social; seguro de responsabilidad civil en vigor; coordinación de seguridad y subcontratas en regla; y referencias verificables. Y desconfía del presupuesto anormalmente barato. Si falla cualquiera, sigue buscando.

Filtro clave 1

Contrato y precio

Contrato escrito con alcance, presupuesto por partidas, plazo, pago por certificaciones y cambios valorados aparte. Sin contrato, no hay obra que defender.

Antes de empezar

Filtro clave 2

Solvencia legal

REA vigente, certificados de Hacienda y Seguridad Social al corriente, póliza de RC en vigor y subcontratas en regla.

Verificable hoy

Filtro clave 3

Confianza real

Presupuesto comparable partida a partida, referencias de obras anteriores comprobables y precio coherente con el mercado.

Sin atajos

Los siete filtros que evitan disgustos

Cada filtro responde a un problema concreto que aparece, una y otra vez, cuando se elige mal. Juntos dejan fuera a la mayoría de las empresas que acaban generando conflictos.

1. Contrato escrito con precio, plazo y reglas

El contrato fija qué se hace, por cuánto y en qué plazo. Debe recoger el alcance de la obra con el presupuesto por partidas como anexo, el plazo con fecha de fin, la forma de pago (mejor por certificaciones de lo ejecutado que por porcentajes a ojo, y nunca todo por adelantado), cómo se tratan los imprevistos, cómo se valoran y aprueban los cambios antes de ejecutarse, la garantía y qué pasa si hay retraso. Un constructor que se resiste a firmar un contrato claro ya te está dando una respuesta.

2. Presupuesto desglosado por partidas, con los impuestos claros

Un presupuesto serio se estructura por capítulos (demoliciones, albañilería, fontanería, electricidad, carpintería, acabados…) y, dentro de cada uno, por partidas con medición, precio unitario e importe. Al final deben verse el PEM, los gastos generales y el beneficio (separados o declarados como incluidos), el total y el IVA con su tipo: 10 % en obras de renovación de vivienda de un particular que cumplen los requisitos del art. 91.Uno.2.10º de la Ley del IVA (vivienda terminada hace al menos dos años y materiales del constructor que no superen el 40 % de la base), 21 % en el resto y siempre en locales y oficinas. Aparte, el Ayuntamiento cobra el ICIO, que en Madrid capital es el 3,75 % del coste de ejecución material. Lo explicamos en PEM, PEC, beneficio industrial e IVA y en presupuesto por partidas frente a presupuesto alzado.

3. Inscripción en el REA

El REA (Registro de Empresas Acreditadas) es obligatorio para las empresas que quieran ser contratadas o subcontratadas en obras de construcción (Ley 32/2006 y RD 1109/2007). La inscripción la gestiona la autoridad laboral de la comunidad autónoma del domicilio de la empresa, vale para todo el país y debe renovarse cada tres años. Pide el número de inscripción y comprueba que está vigente.

4. Al corriente con Hacienda y Seguridad Social

Pide dos certificados recientes: el de estar al corriente de obligaciones tributarias para contratistas y subcontratistas que emite la Agencia Tributaria (el que menciona el art. 43.1.f de la Ley General Tributaria) y el de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social. Si contratas como empresa una obra de tu propia actividad, esos certificados te protegen de responder por deudas del contratista. Si eres un particular que reforma su vivienda, la ley ya te deja fuera de esa responsabilidad (art. 42 del Estatuto de los Trabajadores), pero los certificados siguen siendo una buena señal: una empresa con deudas con Hacienda o la Seguridad Social tiene más riesgo de no terminar tu obra.

5. Seguro de responsabilidad civil en vigor

El seguro de responsabilidad civil cubre los daños a terceros durante la obra: al piso de abajo, a zonas comunes, a colindantes. Pide el certificado de la aseguradora, no solo una copia de la póliza, y comprueba que está en vigor durante el plazo de tu obra y que el límite de cobertura es razonable para su tamaño. Una bajante rota que inunda al vecino sin seguro detrás acaba siendo un problema tuyo.

6. Coordinación de seguridad y subcontratas en regla

Cuando en la obra intervienen varias empresas, o una empresa y trabajadores autónomos, el promotor debe designar un Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución (RD 1627/1997, art. 3). Cada subcontrata debe tener su documentación de coordinación de actividades, formación en prevención, EPIs y altas en la Seguridad Social, y el constructor principal debe controlarlo y llevar el libro de subcontratación. Sobre quién firma qué en una obra, ver quién firma qué en una obra.

7. Referencias verificables y precio coherente

Pide obras concretas y, si puedes, habla con clientes anteriores o visita una obra terminada o en curso. Pregunta por el cumplimiento de plazos, cómo se gestionaron los imprevistos y los cambios, la limpieza y cómo respondieron en garantía. Y desconfía del precio anormalmente bajo: casi siempre esconde un PEM presentado como precio final, partidas que faltan y aparecerán como extras, o un IVA que no se ha aplicado bien.

Las garantías que te deben dar

En obras que entran en la Ley de Ordenación de la Edificación (las que necesitan proyecto: intervenciones en estructura, fachada, cambios de uso), el art. 17 de la Ley 38/1999 fija los plazos de responsabilidad: 1 año para defectos de acabado o terminación, 3 años para daños que afecten a la habitabilidad y 10 años para daños estructurales. En reformas menores que no necesitan proyecto rige lo que diga el contrato y el Código Civil, así que pide que la garantía quede escrita, con su plazo y su alcance.

Si tienes arquitecto, el constructor trabaja con él

Si tu obra tiene proyecto y dirección facultativa, el constructor ejecuta lo que marca el proyecto, sigue las órdenes de la dirección facultativa y le facilita la información que necesite para controlar calidades y certificaciones. Pregunta a cada candidato cómo trabaja con el arquitecto: quién mide, quién aprueba los cambios y cómo se documentan. Si la obra no necesita arquitecto (muchas reformas interiores no lo requieren), el contrato y el presupuesto por partidas son tu herramienta de control. Para saber qué trámite y qué técnico necesita tu obra, ver licencia de obra o declaración responsable en Madrid.

Cómo comparar tres presupuestos de forma justa

La regla de oro es igualar el alcance antes de mirar el precio. Si tres presupuestos no miden lo mismo, comparar sus totales no significa nada:

Señales de alarma

Checklist para comparar constructores

Qué comprobar
Cómo
Riesgo si falla
Contrato con precio, plazo, pagos y cambios
Documento firmado
Sobrecostes
Presupuesto por partidas con IVA (10 % o 21 %)
Capítulos y partidas
Extras
REA vigente
Número de inscripción
Empresa no acreditada
Al corriente con AEAT y TGSS
Certificados recientes
Obra sin terminar
Seguro de responsabilidad civil
Certificado de la aseguradora
Daños sin cobertura
Coordinación de seguridad
CSS designado si hay varias empresas
Responsabilidad
Garantía por escrito
Contrato (LOE 1/3/10 años si aplica)
Defectos sin respuesta
Referencias verificables
Clientes y obras
Incumplimiento

Un presupuesto que parece mucho más barato que los demás rara vez es una ganga: o mide menos, o deja fuera partidas, o no aplica bien los impuestos. Antes de elegir por precio, asegúrate de que comparas exactamente lo mismo.

Preguntas frecuentes

¿Qué debe recoger el contrato de una reforma?

El alcance de la obra con el presupuesto por partidas como anexo, el precio y el IVA aplicable, el plazo con fecha de fin, la forma de pago (mejor por certificaciones de lo ejecutado), cómo se gestionan los imprevistos, cómo se valoran y aprueban los cambios antes de ejecutarse, la garantía y qué pasa si hay retraso.

¿Qué es el REA y por qué importa que el constructor esté inscrito?

El Registro de Empresas Acreditadas es obligatorio para las empresas contratadas o subcontratadas en obras de construcción (Ley 32/2006 y RD 1109/2007). Lo gestiona la autoridad laboral de la comunidad autónoma del domicilio de la empresa y la inscripción se renueva cada tres años. Pide el número y comprueba que está vigente.

¿Qué certificados de Hacienda y Seguridad Social debo pedir?

El certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias para contratistas y subcontratistas de la Agencia Tributaria (art. 43.1.f de la Ley General Tributaria) y el de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social. Si contratas como empresa una obra de tu propia actividad, te protegen de responder por sus deudas. Si eres un particular que reforma su vivienda, la ley ya te excluye de esa responsabilidad, pero siguen siendo una buena señal de solvencia.

¿Qué seguro debe tener el constructor?

Un seguro de responsabilidad civil en vigor que cubra daños a terceros durante la obra. Pide el certificado de la aseguradora y comprueba que cubre todo el plazo de tu obra y que el límite es razonable para su tamaño.

¿Qué garantías tengo después de la obra?

En obras sujetas a la Ley de Ordenación de la Edificación (las que necesitan proyecto), el art. 17 fija 1 año para defectos de acabado, 3 años para daños de habitabilidad y 10 años para daños estructurales. En reformas menores rige el contrato y el Código Civil, así que pide la garantía por escrito.

¿Qué IVA y qué impuestos municipales debo esperar?

IVA del 10 % en renovación de vivienda de un particular si la vivienda tiene al menos dos años y los materiales del constructor no superan el 40 % de la base; 21 % en el resto y siempre en locales y oficinas. Aparte, en Madrid capital el ICIO es el 3,75 % del coste de ejecución material, más la tasa urbanística que corresponda.

¿Cómo se comparan tres presupuestos de forma justa?

Igualando el alcance antes de mirar el precio: misma información de partida, mismas calidades, comparación capítulo a capítulo, mismo tratamiento del IVA, y atención a las partidas alzadas o "a definir". Compara también cómo se paga y cómo se gestionan los cambios.

Si tengo arquitecto, ¿qué papel tiene el constructor?

Ejecutar lo que marca el proyecto, seguir las órdenes de la dirección facultativa y facilitarle la información para controlar calidades y certificaciones. Pregunta a cada candidato quién mide, quién aprueba los cambios y cómo se documentan.

Fuentes y metodología. Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y RD 1109/2007 (REA, validez de tres años renovable). Ley 58/2003 General Tributaria, art. 43.1.f (certificado de estar al corriente para contratistas y subcontratistas). Estatuto de los Trabajadores, art. 42 (responsabilidad en contratas y exclusión de la obra que contrata un cabeza de familia sobre su vivienda). RD 1627/1997, art. 3 (coordinador de seguridad y salud). Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, art. 17 (plazos de 1, 3 y 10 años). Ley 37/1992 del IVA, art. 91.Uno.2.10º (tipo del 10 %). ICIO de Madrid capital: 3,75 % desde 2024 (Ordenanza fiscal del ICIO, Agencia Tributaria Madrid).

Aviso. Información orientativa a octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento legal o fiscal sobre un contrato concreto.

Última actualización: 2 de octubre de 2026.